Saltar al contenido

El Senado aprueba postergar la Ley de Datos Personales hasta octubre de 2027

El Senado aprobó postergar la Ley 21.719 al 15 de octubre de 2027; falta la Cámara. Qué sigue vigente y cómo aprovechar el año extra en su empresa.

El 28 de octubre de 2026, el Senado aprobó el proyecto que posterga la entrada en vigencia de la Ley 21.719, de protección de datos personales, del 1 de diciembre de 2026 al 15 de octubre de 2027. Todavía falta que lo apruebe la Cámara de Diputadas y Diputados y que se publique. Mientras tanto, la fecha legal sigue siendo el 1 de diciembre de 2026.

Qué se aprobó

  • Nueva fecha propuesta: 15 de octubre de 2027. El Ejecutivo había pedido el 1 de diciembre de 2027; tras un acuerdo con los senadores aceptó acortar ese plazo, según Emol.
  • Votación: 33 votos a favor y 6 en contra, según Emol y La Tercera.
  • Agencia de Protección de Datos Personales: su Consejo Directivo pasa de tres a cinco integrantes, con períodos de seis años, sin reelección y con renovación parcial cada dos años, nombrados con acuerdo de dos tercios del Senado. Según Garrigues, la primera designación deberá hacerse a más tardar nueve meses antes de la entrada en vigencia, es decir, hasta el 15 de enero de 2027, según el Diario Financiero.
  • Empresas de menor tamaño: se mantiene que, durante los primeros 12 meses de vigencia, la Agencia pueda aplicarles amonestaciones escritas en vez de multas. El Ejecutivo había propuesto extender ese período a empresas de todo tamaño, pero la Comisión de Constitución lo dejó solo para las de menor tamaño, según el Diario Financiero.
  • Razones: el Gobierno argumentó la complejidad de instalar la nueva institucionalidad y la necesidad de un plazo adicional para una implementación gradual y coordinada, según Garrigues y Emol.

En qué etapa está

El proyecto (boletín 18.623-07) pasó a la Cámara para su segundo trámite constitucional. Hasta que se apruebe en ambas cámaras y se publique en el Diario Oficial, la Ley 21.719 mantiene su fecha original: el 1 de diciembre de 2026. Si la tramitación no termina antes de esa fecha, la ley empezaría a regir entonces.

Qué no cambia

La postergación solo mueve la fecha. Las obligaciones de la ley siguen siendo las mismas: bases legales para tratar datos, derechos de las personas, deber de seguridad, notificación de brechas a la nueva Agencia y multas que, según guías publicadas, llegan a 20.000 UTM y, en reincidencia, a un porcentaje de los ingresos anuales.

Qué hacer con el año extra

Un año más no es un año libre. Es tiempo para hacer bien lo que de otro modo se haría a la carrera:

  1. Inventario de datos: qué datos personales tiene, dónde están, para qué los usa y quién accede.
  2. Bases legales y avisos: revisar consentimientos, contratos y políticas de privacidad.
  3. Seguridad: controles de acceso, respaldos y un procedimiento para detectar y notificar brechas.
  4. Proveedores: revisar qué terceros tratan datos por cuenta de su empresa y qué dicen los contratos.
  5. Derechos de las personas: cómo responderá a solicitudes de acceso, rectificación, supresión u oposición.
  6. No detener lo avanzado: las organizaciones que ya comenzaron su adecuación deberían seguir; la fecha todavía puede ser el 1 de diciembre de 2026 si la Cámara no despacha el proyecto a tiempo.

Si su empresa quiere aprovechar este plazo para ordenar sus datos y su seguridad, ITLab puede ayudarle. Lea también Ley de datos personales: primeras tareas prácticas. Contáctenos.

Fuentes

¿Necesitas a alguien que se haga cargo de tu tecnología?

Cuéntanos qué necesitas ordenar, proteger o resolver. La primera conversación no tiene costo: evaluamos si nuestro modelo te sirve y cuáles serían los siguientes pasos.

Conversemos sobre tu empresa